¿Rentas una o departamento? Si es así, esta información es para ti: el Servicio de Administración Tributaria () precisó que los arrendadores deben cumplir con ciertas obligaciones fiscales, porque, de lo contrario, podrían enfrentar multas y consecuencias por no declarar que realizan esta actividad. ¿Cuáles son las sanciones? ¿Qué debes hacer? Te explicamos.

o departamento es una actividad muy común en México; algunas personas incluso adquieren inmuebles con esta finalidad, para así obtener un ingreso mensual y poder cubrir sus necesidades y gastos diarios. Como el cobrar una renta supone un ingreso económico, el SAT señala que dicha actividad debe ser declarada.

¿Qué pasa si rentas una casa o departamento y no lo declaras? La autoridad fiscal explica las consecuencias de no hacerlo y todas las desventajas que se te presentan por evadir esta obligación fiscal. No sólo te podrías hacer acreedor a una multa, sino también pasar por ciertos problemas legales.

¿Cuánto se paga al SAT por rentar una casa?

De acuerdo con la página oficial del SAT, si rentas a una persona moral, está obligada a retener el 10% de los ingresos por concepto del impuesto sobre la renta (ISR). Esa cantidad la puedes restar en tus declaraciones. Por ejemplo: si rentas una casa a una persona y le cobras $10,000 pesos al mes, $1,000 pesos serán retenidos como impuesto sobre la renta (dicha cantidad es deducible para el dueño de la propiedad). Sin embargo, el arrendador también tiene la posibilidad de reducir aún más el ISR si utiliza la deducción opcional del 35% y toma en cuenta otros pagos que se hacen al erario público como el impuesto predial. ¡Tómalos en cuenta!

¿Cómo darme de alta en el SAT para rentar una casa?

Lo primero que tienes que hacer si vas a rentar una casa o departamento es incorporarte al régimen fiscal adecuado, en este caso, el SAT explica que se trata del “Régimen de Arrendamiento”, el cual está dirigido a personas que rentan una casa, edificio, departamento, local comercial, terreno o bodega y autoriza a otras personas para que lo utilicen por un tiempo y fines establecidos a cambio de una cantidad periódica de dinero.

Para darte de alta en este régimen fiscal necesitas presentarte en las oficinas del SAT con lo siguiente: original y copia de tu identificación oficial, un correo electrónico, la e.firma y una USB, preferentemente nueva.

¿Qué obligaciones tiene una persona que renta una casa?

Como arrendador, debes cumplir con ciertas por poner en renta tu casa o departamento; de acuerdo con el SAT, estas son las más importantes:

  • Inscribirte en el RFC.
  • Mantener actualizada tu información ante el RFC, en caso de cambio de domicilio, aumento o disminución de obligaciones (cambies de actividad económica o modifiques una obligación como la presentación de declaraciones o cambio de periodicidad de cumplimiento diferente) y suspensión de actividades.
  • Llevar tu contabilidad.
  • Expedir comprobantes electrónicos cuando recibas el importe de las rentas en las cuales debes anotar el número de cuenta predial del inmueble de que se trate.
  • Solicitar comprobantes fiscales.
  • Presentar declaraciones provisionales de ISR y realizar el pago del impuesto de forma mensual o en su caso trimestral, si tus ingresos mensuales no superan los $26,411.52 pesos; definitivas de IVA; declaración anual, durante el mes de abril de cada ejercicio y declaración informativa. En esta página del SAT https://www.sat.gob.mx/consulta/26986/lo-que-debes-conocer-de-tu-regimen- puedes encontrar más información al respecto.

¿Por qué es importante declarar que rentas una casa o departamento? Porque en algún momento, el SAT detectará que tienes una propiedad; además, serán fáciles de rastrear los pagos que te den de renta si se hacen depósitos a tarjetas o cuentas bancarias. Evita que la autoridad fiscal piense que estás evadiendo impuestos y cumple con tus obligaciones fiscales como arrendador.

Consecuencias de no declarar que rentas tu casa o departamento

  • Multas por no cumplir con las obligaciones fiscales; las sanciones varían dependiendo de la gravedad de la omisión.
  • Recargos e intereses.
  • Auditorías o revisiones fiscales.
  • Cierre de operaciones, ya sea suspender o clausurar temporalmente tu actividad como arrendador.
  • Registro de incumplimiento.

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