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Reparto de Utilidades 2024. ¿Qué empleados recibirán su "pago extra" hasta mayo y por qué?

¿Cuándo te toca? Estos trabajadores mexicanos NO recibirán el Reparto de Utilidades 2024 en abril, sino que deberán esperar hasta mayo.

Utilidades 2024. ¿Cuándo pagan y cuánto te corresponde, de acuerdo con la LFT? Foto: iSTOCK
14/04/2024 |15:46
María Alba
Editora Web Ver perfil

Gran parte de la fuerza laboral mexicana espera en estos días el ya que algunas empresas las pagarán durante esta quincena (que cae justo el lunes 15) a pesar de que los pagos debieron hacerse desde el 1° de abril.

Sin embargo, ciertos trabajadores mexicanos no recibirán este derecho de ley durante abril, sino hasta mayo.

De acuerdo con el artículo 117 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), los trabajadores deben recibir este beneficio de ley, según el porcentaje que determine la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas.

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¿Quiénes reciben las utilidades hasta mayo?

Los empleados que tengan un contrato de trabajo subordinado para una empresa o personas morales deben recibir por derecho el pago de las utilidades entre el 1 de abril y el 30 de mayo.

Por su parte, los empleados que sólo trabajan para personas físicas o patrones tienen otro periodo de pago.

De acuerdo con lo que establece la LFT, este tipo de fuerza laboral mexicana tendrá acceso al Reparto de Utilidades 2024 a partir del 1° de mayo con fecha límite de pago al 29 de junio.

¿Quiénes SÍ y quiénes NO tienen derecho al Reparto de Utilidades 2024?

La excepción al Reparto de Utilidades, tanto para el periodo de abril-mayo y mayo-junio, se aplica a los directores administrativos, gerentes generales y socios o accionistas.

Asimismo, están exentos del pago aquellos empleados eventuales que hayan laborado menos de 60 días durante el año que corresponda el pago; también están exentos los prestadores de servicios profesionales, trabajadores domésticos, artesanos, técnicos y personas que no tengan una relación de trabajo subordinada con el patrón.

Los patrones o empresas que no están obligadas a dar el pago de las utilidades son aquellas que se encuentran en su primer año de funcionamiento.

Los empleados y empleadas que SÍ tienen el derecho de recibir las utilidades son aquellas que hayan laborado por lo menos 60 días en empresas cuyas utilidades netas fueron de $300 mil pesos o más en su última declaración fiscal, y que tengan más de un año en funcionamiento.

Por su parte, las personas que ya no laboren en la empresa en cuestión o tenían contrato por obra determinada también tienen derecho al Reparto de Utilidades de 2024.

¿Cuánto se paga en las utilidades?

¡Prepárate para recibir de esta forma las utilidades! Según la ley, el salario que se considera como base del reparto es el salario por cuota diaria, sin incluir ingresos como tiempo extra, prima vacacional, prima dominical o gratificaciones.

La utilidad repartible, según la LFT, se divide en dos partes iguales:

  • Se reparte por igual entre todos los empleados, considerando el número de días trabajados por cada uno en el año.
  • Se reparte en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año.

Hasta el momento no hay información oficial u ordenanzas de ley que digan que el

Desde 1985 y hasta la fecha, el monto fijo de pago es del 10% de la utilidad anual de la empresa o patrón del año fiscal anterior, en 2024 se pagará la utilidad de 2023.