¿Qué pasa cuando un beneficiario de la fallece? ¿La familia puede cobrar algún dinero como ayuda económica? La Secretaría del Bienestar informó que brinda un como apoyo para los deudos: se trata del conocido Pago de Marcha, en el que se da hasta $2,400. Te contamos cuáles son los requisitos y cómo cobrarlo.

Si desafortunadamente perdiste a algún ser querido en las últimas fechas y no sabes qué pasará con el que recibía de la Pensión Bienestar, las autoridades informaron que los familiares del fallecido pueden cobrar un pago de hasta $2,400, al cual se le conoce como Pago de Marcha.

¿Qué es el Pago de Marcha?

De acuerdo con la Delegación de Programas para el Bienestar de la CDMX, en caso de fallecimiento de la persona derechohabiente, se entregará a la persona registrada como su auxiliar, por única vez, el apoyo económico de Pago de Marcha.

Para la emisión, será indispensable que el auxiliar no haya recibido ningún tipo de apoyo posterior a la fecha de fallecimiento del derechohabiente. Este pago generalmente se proporciona a los familiares de la persona que murió.

Pensión Bienestar: ¿De cuánto es el Pago de Marcha por fallecimiento de beneficiario?

El Pago de Marcha consiste en un pago de $2,400 si el beneficiario fallecido tenía la , o de $1,475 pesos si estaba registrado en la .

Es importante que sepas que el pago se realiza solamente en una ocasión.

Requisitos para cobrar hasta $2,400 por fallecimiento de beneficiario de Pensión Bienestar

  • Identificación oficial.
  • Original del acta de defunción y/o constancia médica (emitida por una institución oficial pública, que certifique el fallecimiento del derechohabiente dentro de los dos bimestres siguientes).
  • En caso de no informar la defunción durante el periodo señalado, se perderá el derecho de este apoyo.

¿Cómo cobrar $2,400 por fallecimiento de beneficiario de Pensión Bienestar?

Para cobrar los $1,475 o $2,400, los familiares tienen que hacer lo siguiente:

  • Notificar lo más pronto posible sobre el deceso del derechohabiente en alguno de los Módulos del Bienestar o mediante la Línea del Bienestar 800 639 4264.
  • Las personas que acudan a cobrar el Pago de Marcha deberán estar previamente registradas como personas auxiliares en el programa correspondiente.
  • Es indispensable que el adulto auxiliar que acuda a cobrar hasta $2,400 no haya recibido ningún pago en el bimestre de fallecimiento del beneficiario o posterior a esa fecha.
  • Una vez que el deudo se encuentre en el módulo debe presentar los documentos requeridos.
  • Finalmente, realizado el trámite, el Pago de Marcha será emitido en el bimestre siguiente, por lo que podrás cobrar los $1,475 o $2,400, según sea el caso.

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