En México, los trabajadores bajo contratos subordinados tienen el derecho de tomar una vez que hayan cumplido el primer año de labores dentro del mismo lugar de trabajo. Este derecho se encuentra establecido en el artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).

Gracias a la reforma de vacaciones dignas, que entró en vigor desde 2023, los empleados tienen el derecho a disfrutar de 12 días de descanso o más, dependiendo la antigüedad que tengan en su empresa, un periodo superior a los seis días que se daban con anterioridad para el primer año de actividades. A continuación te decimos cuántos días de vacaciones te tocan en 2025, de acuerdo a tu antigüedad y lo establecido en la LFT.

¿Cuánto días de vacaciones te tocan en 2025, según tu antigüedad?

La reforma a la ley determinó que por cada año se debe incrementar los , dos por año. En ningún caso el periodo de vacaciones es inferior a los 12 días.

“Las personas trabajadoras con más de un año de servicios tienen derecho a disfrutar de un período anual de vacaciones pagadas, en ningún caso podrá ser inferior a doce días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a veinte, por cada año subsecuente de servicios”, explica el artículo 76.

Asimismo, a partir del sexto año de trabajo, el periodo vacacional aumentará en dos días por cada cinco años de servicio.

La Ley Federal del Trabajo apunta que los empleados tienen el derecho irrevocable a recibir sus vacaciones a partir de que cumplen el primer año de labores. El artículo 81 dice que los patrones y empresas están en la obligación de conceder el período de vacaciones “dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicios”.

Tabla de los días de vacaciones que corresponde según la antigüedad

A continuación te decimos cómo te deben otorgar tus vacaciones, según los años laborados dentro de la misma empresa o lugar de trabajo:

  • Año 1: 12 días
  • Año 2: 14 días
  • Año 3: 16 días
  • Año 4: 18 días
  • Año 5: 20 días
  • De 6 a 10 años: 22 días
  • De 11 a 15 años: 24 días
  • De 16 a 20 años: 26 días
  • De 21 a 25 años: 28 días
  • De 26 a 30 años: 30 días

Prima vacacional, ¿cuánto te deben pagar, según la LFT?

Adicional al otorgamiento de los periodos vacacionales, los patrones y empresas están obligados por ley a pagar una prima vacacional equivalente al 25 por ciento sobre los salarios que les correspondan durante el periodo de vacaciones que los empleados disfruten.

El hecho de que paguen una prima vacacional por ley a sus empleados, no significa que las empresas o los patrones puedan sustituir el derecho al descanso con una remuneración, así que ¡ojo! además de tomar tus vacaciones, revisa que te paguen la prima vacacional correspondiente.

En caso de que la relación de trabajo concluya antes de que el empleo cumpla el año de servicios, éste tendrá derecho a solicitar una remuneración equivalente al tiempo de servicios prestados.

¿Qué hacer si no te dan tus vacaciones que por ley mereces?

En caso de que tu patrón o empresa se niegue a darte el periodo de vacaciones al que tienes derecho ante la LFT o intente intercambiarlo con una remuneración, puedes emitir un reclamo ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET).

Esta organización que se encarga de asesorar a aquellos empleados mexicanos que tienen conflictos vinculados con su lugar de trabajo, pago de conceptos como el aguinaldo, la prima vacacional, las utilidades o el despido injustificado.

La Profedet ofrece las siguientes vías de apoyo y asesoría:

  • Teléfono: 800 911 7877 u 800717 2942
  • Correo electrónico: orientacionprofedet@stps.gob.mx
  • Atención física en la CDMX: Oficina central ubicada en Dr. José María Vértiz 211, Colonia Doctores, Alcaldía Cuauhtémoc




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