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Los trabajadores domésticos pueden viajar con su empleador a Estados Unidos al presentar la Visa B1. Son elegibles todos aquellos que realicen tareas del hogar a cambio de un salario, como cocineros, choferes, mozos, niñeras, jardineros, asistentes de cuidado personal y mantenimiento.
Si acompañan a una persona con visa de no inmigrante, deberán demostrar que han trabajado para ella durante, al menos, un año fuera de Estados Unidos y que no tienen intención de quedarse a trabajar por siempre en ese país.
Quienes sean empleados de un ciudadano estadounidense pueden obtener la visa B-1 si el patrón tiene traslados internacionales frecuentemente y residirá en Estados Unidos un periodo máximo de cuatro años.
“Si el ciudadano americano va a residir permanentemente en Estados Unidos, no será posible solicitar una visa tipo B1, aun cuando el empleado en cuestión haya sido previamente contratado en el extranjero”, señalan en la página web de la embajada.
El Servicio de Inmigración y Ciudadanía (USCIS, por sus siglas en inglés) dice que la relación patrón-empleado deberá haber existido por lo menos seis meses antes de la admisión al país norteamericano.
“El patrón será el único proveedor de empleo, y proporcionará al trabajador habitación, alimentación y boletos viaje redondo, gratuitamente como se indica en los términos del contrato de trabajo”.
El personal doméstico deberá presentar el Formulario I-9, excepto si sus servicios son irregulares o intermitentes. Tampoco lo llenará si trabaja para una compañía o agencia de servicios.
Documentación requerida por los oficiales consulares:
- Pasaporte vigente.
- Hoja de confirmación de la solicitud DS-160 impresa.
- Recibo de pago original.
- Visa vigente del patrón (no se aceptarán fotocopias) o pasaporte americano vigente del patrón (no se aceptarán fotocopias).
- Contrato fechado y firmado.