¿Vas a pedir a tu familiar en Estados Unidos con el Formulario I-130? Los actualizaron su manual de políticas sobre peticiones de visas de inmigrante basadas en la familia.

Hay cambios en cómo manejarán la corrección de errores en los avisos de aprobación, las solicitudes de procesamiento consular o ajuste de estatus en nombre del beneficiario y los procedimientos de enrutamiento para las peticiones aprobadas.

Si eres un peticionario que presenta el Formulario I-130, Petición de familiar extranjero, ahora debes informar a USCIS la dirección actual del beneficiario y si el beneficiario desea un procesamiento consular con el Centro Nacional de Visas (NVC) del Departamento de Estado o un ajuste de estatus en los Estados Unidos.

“Proporcionar esta información hace que conservemos la petición aprobada para el procesamiento de ajuste de estatus o la enviemos al NVC para su procesamiento consular, según corresponda. Si no proporciona información precisa en la petición, puede retrasar el proceso de visa de inmigrante o ajuste de estatus”, anotan.

La información inexacta en la dirección del beneficiario puede hacer que el trámite se extienda y se tenga que presentar además el Formulario I-824, Solicitud de acción sobre una solicitud o petición aprobada, con la tarifa correspondiente, para transferir la petición al NVC.

En esta actualización, USCIS clarifica los procedimientos relacionados con las .

La guía actualizada establece que, si no se especifica claramente si el beneficiario desea el procesamiento consular o el ajuste de estatus, USCIS utilizará su discreción para decidir si envía la petición aprobada al NVC para el procesamiento consular o si mantiene la petición para el ajuste de estatus. Esta decisión se basará en la evidencia de la ubicación más reciente del beneficiario, incluida la dirección proporcionada en la petición.

El se usa para patrocinar a un familiar que vive fuera de Estados Unidos para que llegue a obtener una residencia legal en el país. Su costo aumentó en 26% desde el 1° de abril. El precio es de $675 dólares para quienes presentan el formulario en papel y de $625 para quienes lo llenan en línea.

El número de visas de este tipo que otorga el gobierno estadounidense está limitado por año fiscal. Cada año reciben hasta un millón de solicitudes, pero aceptan poco menos de 400 mil. Pueden tramitarla hijos, cónyuges e incluso hermanos de ciudadanos. Algunas también pueden ser patrocinadas por residentes permanentes.

Toma nota del nivel de preferencia, según información del Departamento de Estado. Indica la prioridad que dan las autoridades a la solicitud.

  • Primera preferencia de familia (F1): Hijos solteros de ciudadanos de Estados Unidos y sus hijos menores. (23,400 visas por año fiscal).
  • Segunda preferencia de familia (F2): Cónyuges, hijos menores e hijos solteros de residentes permanentes. (114,200 visas).
  • Tercera preferencia de familia (F3): Hijos casados de ciudadanos de Estados Unidos y sus cónyuges e hijos menores. (23,400 visas).
  • Cuarta preferencia de Familia (F4): Hermanos de ciudadanos de Estados Unidos y sus cónyuges e hijos menores. El ciudadano debe tener 21 años de edad, al menos. (65,000visas).
Google News

TEMAS RELACIONADOS