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Todos los mexicanos que desean trabajar en Estados Unidos necesitan una visa especial que justifique su estancia de forma legal y por determinado tiempo.
La embajada de Estados Unidos en México y los consulados ofrecen las visas H, L, O, P, y Q especiales para trabajar en dicho país de forma temporal, pero se requiere que la COMPAÑÍA u ORGANIZACIÓN CONTRATANTE inicie primero el trámite a través de una petición al Departamento de Servicios de Inmigración y Ciudadanía de EU (US Citizenship and Immigration Services - USCIS).
Esta agencia, perteneciente al Departamento de Seguridad Interna de la Unión Americana (US Department of Homeland Security - DHS), debe aprobar la petición del permiso para después emitir un documento llamado I-797 que, a su vez, permitirá que el interesado solicite la visa ante las autoridades correspondientes.
¿En qué consisten los tipos de visas temporales?
Visa H1B
Está destinada para permitir el trabajo temporal en Estados Unidos con una ocupación especializada.
Requiere un título de enseñanza superior o equivalente y permite entradas múltiples al país por un año.
Visa H-2
Permite la realización de trabajos agrícolas de temporada o estacional.
Visa L
Este tipo de visa es utilizada para transferencias a Estados Unidos hechas por la compañía o empleador del solicitante.
Los interesados deben ocupar puestos relacionados con la gerencia o ser un ejecutivo, tener conocimientos especializados y estar contratado por la misma compañía por un período determinado consecutivo.
Si el aplicante solicita la visa L1 bajo una blanket petition, la cual permite transferir a varios empleados juntos, deberá pagar $500 dólares como concepto de ‘cuota de prevención y detección de fraude’ el día de su entrevista.
Además, los solicitantes deben pagar una cuota adicional de $4 mil 500 si la empresa para la que labora tiene más de 50 trabajadores en Estados Unidos.
Nota: Estas cuotas no aseguran la aprobación de la visa.
Visa O/P
Estas visas son para artistas, intérpretes o trabajadores de intercambio con habilidades inusuales o extraordinarias que desean laborar en la Unión Americana patrocinados por sus empresas o empleadores.
Los solicitantes deben dirigirse a la enseñanza, entrenamiento, para presentaciones o para participar en algún programa cultural de EU.
Visa Q
Está dirigida a empleados que viajan a EU a través de programas de intercambio cultural para proveer entrenamiento y empleo práctico y que ofrezca conocimientos de la cultura nacional del solicitante.
El intercambio debe hacerse en escuelas, museos, negocios o establecimientos donde el público esté expuesto a la cultura nacional del postulante.
¿Qué documentación se requiere?
Una vez que la petición sea aprobada, los solicitantes deben iniciar el trámite con el formulario I-797 y otros documentos tales como:
1. Pasaporte vigente.
2. Hoja de confirmación de la solicitud impresa DS-160. Puedes acceder al formulario en este enlace.
3. Recibo de pago de derechos original.
4. Original o copia de la forma I-797 conocida como Notice of Action Form I-797 A, B o C o como La petición.
5. Acta de matrimonio o nacimiento original o copia certificada sólo en caso de que la solicitud la haga un dependiente de un beneficiario principal como el o la cónyugue.
Documentación opcional
La documentación opcional no es estrictamente obligatoria, si los solicitantes desean añadirla a la lista de requisitos pueden hacerlo.
En caso de considerarla, la documentación puede ayudar a las autoridades consulares a determinar las intenciones de los solicitantes de regresar a México una vez que termine su periodo de trabajo.
1. Pasaportes que contengan visas americanas anteriores sin importar que hayan expirado.
2. Acta de nacimiento original o copia certificada.
3. Credencial para votar (INE).
4. Currículum Vitae que incluya información sobre la educación y experiencias laborales.
5. Pruebas de educación como diplomas de preparatoria o licenciatura, título o cédula profesional.
6. Pruebas de empleo anteriores como recibos de pago, credencial de trabajo o una carta emitida por Recursos Humanos.
Trump suspende visas de trabajo temporales hasta 2021
Debido a la pandemia, el presidente Donald Trump emitió un decreto que establece la suspensión de visados a trabajadores temporales que desean viajar a Estados Unidos hasta 2021, lo cual evitará la entrada al país de al menos 240 mil extranjeros.
Las visas que suspendió son las H1B, H2B, H4, L1, y J1.
“Como parte de nuestros esfuerzos por la recuperación de Estados Unidos, el presidente ha decidido suspender ciertos tipos de visados hasta final de este año”, señaló un alto funcionario del gobierno actual en una llamada telefónica con periodistas.
La suspensión de visas entró en vigor el pasado 24 de junio con el objetivo de “maximizar las oportunidades para los trabajadores estadounidense de encontrar empleo” en medio de la crisis económica que desató la pandemia.
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