La Semana Santa, considerada como una de las celebraciones más importantes para los católicos, se realiza de forma anual en distintas regiones del mundo para recordar una serie de actos que protagonizó ‘Jesucristo’ hasta su muerte y resurrección.
Aunque cada año cambia la fecha en la que se lleva a cabo, para este 2024 se celebrará del domingo 24 de marzo hasta el sábado 30 de marzo, pero, ¿Son días de descanso obligatorio para los trabajadores mexicanos?
La Ley Federal del Trabajo (LFT) no reconoce a la Semana Santa dentro de su calendario de descansos obligatorios, sin embargo, algunas empresas suelen otorgar días de asueto durante el jueves santo, viernes santo y sábado de gloria, pese a no ser oficiales.
A diferencia de los trabajadores, los estudiantes y docentes de la Secretaría de Educación Pública (SEP) sí tendrán vacaciones del 25 de marzo al 5 de abril de 2024, según lo establece su calendario 2023 - 2024.
Antes de Semana Santa, tanto estudiantes como trabajadores mexicanos, podrán disponer de un día de descanso obligatorio el lunes 18 de marzo por la conmemoración del natalicio de Benito Juárez.
Los trabajadores que prestan sus servicios en días de descanso obligatorio, deben recibir un pago doble de manera oficial, según lo establece el artículo 73 de la Ley Federal del Trabajo.
‘’Los trabajadores no están obligados a prestar servicios en sus días de descanso. Si se quebranta esta disposición, el patrón pagará al trabajador, independientemente del salario que le corresponda por el descanso, un salario doble por el servicio prestado’’, informa.
Además, los empleadores están obligados a pagar una prima adicional del 25% del día laborado a las personas que trabajen en día domingo.
‘’Los trabajadores que presten servicio en día domingo tendrán derecho a una prima adicional de un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo’’.
De acuerdo con el artículo 74 de la ley Federal del Trabajo (LFT) existen 8 días programados dentro del calendario de días de descanso obligatorio de los que pueden disponer los trabajadores mexicanos y uno extra en caso de elecciones ordinarias, que será establecido por las autoridades.