La temporada de es una de las fechas festivas más esperadas en México, no sólo por la tradición que existe detrás de la celebración, también porque los estudiantes y algunos trabajadores pueden disfrutar de unadurante los meses de marzo y abril.

Aunque las personas que trabajan en días festivos, deben de recibir un pago doble según las normas oficiales mexicanas, no aplica la misma regla para las conmemoraciones no laicas, pero, ¿Cuánto deben de recibir los asalariados en Jueves y Viernes Santo?

¿Jueves y Viernes Santo son días feriados oficiales?

La Ley Federal del Trabajo (LFT), conocida por regular los derechos y obligaciones de los trabajadores mexicanos, no establece como días festivos oficiales el jueves 28 de marzo ni el viernes 29 de marzo de 2024.

Sin embargo, algunas empresas ofrecen vacaciones o días de asueto durante la semana ‘Santa’, para que los trabajadores disfruten de la conmemoración de ‘la última cena’ y ‘crucifixión de Jesucristo’ que rige la religión cristiana.

¿Cómo se paga el Jueves y Viernes Santo?

Las personas que prestan sus servicios durante el Jueves y Viernes Santo, deben de recibir su salario habitual, al no ser una jornada reconocida como de descanso obligatorio por las leyes mexicanas.

Sin embargo, las empresas tienen la obligación de otorgar un pago doble a los asalariados que trabajen en fechas festivas oficiales, según lo indica la LFT en el artículo 73.

‘’Los trabajadores no están obligados a prestar servicios en sus días de descanso. Si se quebranta esta disposición, el patrón pagará al trabajador, independientemente del salario que le corresponda por el descanso, un salario doble por el servicio prestado’’.

Asimismo, los empleadores deben de pagar una prima adicional del 25% del día laborado a las personas que trabajen en día domingo.

‘’Los trabajadores que presten servicio en día domingo tendrán derecho a una prima adicional de un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo’’.

¿Qué días son festivos en 2024?

El artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), reconoce 8 días festivos oficiales para los trabajadores mexicanos en 2024, más uno adicional para las elecciones ordinarias.

  • 1 de enero: Año Nuevo.
  • 5 de febrero: Día de la Constitución Mexicana.
  • 18 de marzo: Natalicio de Benito Juárez el 21 de marzo de 1806.
  • 1 de mayo: Día del Trabajo.
  • 16 de septiembre: Aniversario de la Independencia de México.
  • 18 de noviembre: Aniversario de la Revolución Mexicana.
  • 1 de diciembre de cada seis años por la transmisión del Poder Ejecutivo Federal.
  • 25 de diciembre: Navidad.
  • ‘’El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral’’.

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