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Los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) publicaron que es posible quedarse hasta por 60 días más en Estados Unidos luego de terminar —voluntaria o involuntariamente— un empleo legal en ese país.
A esto le llaman “periodo de gracia” y es una opción para trabajadores no inmigrantes con visas E-1, E-2, E-3, H-1B, H-1B1, L-1, O-1 o TN.
“Los trabajadores pueden tener varias opciones para permanecer en los Estados Unidos en un período de estadía autorizado según las normas y reglamentos existentes. Durante este período, los trabajadores pueden mantener su estatus de no inmigrante si un nuevo empleador presenta oportunamente una petición en su nombre con una solicitud de extensión de estadía”, señalan.
No obstante, quienes durante ese tiempo no encuentren un nuevo empleador para prolongar o ajustar su estatus tendrán que verse obligados a abandonar Estados Unidos al final del período de gracia.
Aquí los trámites que puedes hacer al prolongar tu estadía por 60 días más.
1) Portabilidad a un nuevo empleador
Los trabajadores que actualmente tienen un estatus H-1B pueden trabajar para un nuevo empleador tan pronto como el empleador presente correctamente una nueva petición H-1B ante USCIS, sin esperar a que se apruebe la petición.
“Además, un trabajador tiene la capacidad de transferir la petición de visa de inmigrante subyacente a un nueva oferta de empleo en la misma clasificación ocupacional o similar con el mismo empleador o uno nuevo. Esto se conoce comúnmente como portación”, dice USCIS.
2) Cambio de estatus
Los trabajadores pueden usar el período de gracia discrecional de hasta 60 días para solicitar el cambio de su estatus de no inmigrante. Esto incluye a los cónyuges de los trabajadores y a estudiantes que cambian su estatus para empezar a trabajar.
3) Cambio de estatus y empleador
Los trabajadores que finalizan su empleo pueden usar los 60 días de gracia para cambiar su estatus con el mismo empleador o con uno diferente. “Un trabajador L-1 puede ser elegible para un nuevo empleo bajo las clasificaciones TN, E-3 o H-1B1. La presentación oportuna de una solicitud de cambio de estado no frívola evitará la acumulación de presencia ilegal”, ejemplifica USCIS.
4) Ajuste de estatus
Las autoridades remarcan que los trabajadores pueden ser elegibles para presentar una solicitud de visa de inmigrante realizada por ellos mismos al mismo tiempo que una solicitud de ajuste de estatus.