TE RECOMENDAMOS
Este 2025, los trabajadores mexicanos podrán disfrutar de un nuevo día de descanso obligatorio debido a la controvertida reforma al Poder Judicial. Sigue leyendo para conocer los detalles de este día inhábil y cómo deben pagarlo si acudes a tu lugar de trabajo.
¿Cuál es el nuevo día de descanso obligatorio en 2025?
El calendario de días de descanso obligatorio reconocido por la Ley Federal del Trabajo (LFT) tendrá una ligera modificación para este 2025 que beneficiará a los trabajadores con un día extra de vacaciones.
- LEE MÁS: Programa para migrantes mexicanos deportados por Trump: Así podrían cobrar $8,480 pesos al mes
Y es que el próximo domingo 1 de junio se añadirá a la lista de feriados por la primera elección por voto popular de ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, magistrados y jueces del Poder Judicial desarrollada por la reforma al Poder Judicial.
Como tal, este día no está explícito en el calendario de la LFT; sin embargo, la ley dice que amerita día de descanso obligatorio todo aquel día en el que se lleven a cabo jornadas de votación ordinarias.
Según el artículo 74 de la LFT, un nuevo día feriado puede ser “el que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral”.
¿Cuánto pagarán si trabajo el 1 de junio? ¿Amerita pago triple?
De acuerdo con lo establecido en la Ley Federal del Trabajo (LFT), los trabajadores mexicanos tienen derecho a recibir un pago superior al de su salario por día si trabaja en días feriados oficiales en México.
El artículo 75 de la LFT dice que los trabajadores deben recibir “independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado”.
Por ejemplo, si una persona gana $200 pesos por día, el patrón está obligado a pagarle el salario habitual por día más el doble ($400), lo que en total es un sueldo de $600 pesos. Desde una explicación sencilla y directa, el pago se convierte en un sueldo total triple.
Pago de la prima dominical
En caso de que el día feriado caiga en domingo, que será el caso del 1 de junio, y se labore, el patrón o la empresa está obligada por ley a cubrir el salario convencional, más el salario doble, más la prima vacacional del 25 por ciento.
El artículo 71 de la LFT dice: “Los trabajadores que presten servicio en día domingo tendrán derecho a una prima adicional de un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo”.
Este derecho por ley aplica a obreros, empleados domésticos, artesanos, jornaleros y a todo empleado regido por un contrato y una relación laboral subordinada.