Solicitar una no significa que la obtendrás automáticamente. Un decidirá si eres elegible para obtenerla, según todas las leyes estadounidenses aplicables para la categoría de visa que solicitas.

Hay muchos factores que determinan si un oficial aprueba o no la visa americana de turista. Pero, de acuerdo con el Departamento de Estado, es fundamental demostrar que no quieres quedarte en Estados Unidos a trabajar o vivir. Para comprobarlo, –durante tu entrevista— los oficiales consulares buscan “lazos fuertes que te unan a México”.

“Al realizar entrevistas de visa, los oficiales consulares examinan cada solicitud individualmente y consideran las circunstancias, los planes de viaje, los recursos financieros y los vínculos del solicitante que se encuentran fuera de los Estados Unidos, lo que garantizará la salida del solicitante después de una visita temporal”, señalan en la página de .

El oficial consular es la única autoridad designada para aprobar o rechazar una. “Si un funcionario consular determina que usted no es elegible para recibir una visa según la ley de los EE. UU., su solicitud de visa será rechazada y se le proporcionará un motivo de denegación”, dice el .

De acuerdo con la Ley de Inmigración y Nacionalidad de Estados Unidos (INA), hay diversas razones por las que un solicitante puede resultar inelegible para una visa. Casi siempre, el solicitante puede .

Sin embargo, hay razones por las que se le puede negar la visa americana a una persona de manera permanente. Es decir, para siempre.

“Esto significa que cada vez que solicite una visa, se lo considerará no elegible según la misma sección de la ley, a menos que el Departamento de Seguridad Nacional autorice una exención de esa inelegibilidad”, dice el Departamento de Estado.

Denegación bajo la sección 212(a)(6)(C)(i) de la INA: Visa negada para siempre

Si te niegan la visa bajo la sección 212(a)(6)(C)(i) de la INA, esto significa que tu denegación es para siempre. Esto pasa cuando el solicitante intentó recibir una visa o ingresar a los Estados Unidos tergiversando deliberadamente un hecho material o cometiendo fraude.

“Esta es una inelegibilidad permanente, por lo que cada vez que solicite una visa, se le determinará que no cumple los requisitos por este motivo”, remarcan.

La tergiversación de un hecho material significa que el solicitante presentó hechos falsos y no fue sincero en su solicitud con la intención de engañar al oficial consular. Se considera material, cuando, de haberse sabido la verdad, el solicitante habría sido elegible para recibir una visa o ingresar a los Estados Unidos.

Otras razones de denegación de visa americana

Otras se dan cuando el solicitante:

  • No completó completamente la solicitud de visa y/o no proporcionó toda la documentación de respaldo requerida - Sección 221(g) de la INA.
  • No demostró su elegibilidad para la categoría de visa solicitada ni superó la presunción de ser un posible inmigrante - Sección 214(b) de la INA.
  • Fue condenado por un delito que implicaba depravación moral (artículo 212(a)(2)(A)(i)(I) de la INA).
  • Fue condenado por una violación de las leyes sobre drogas (artículo 212(a)(2)(A)(i)(II) de la INA).
  • Tiene dos o más condenas penales por las cuales la sentencia total de confinamiento fue de 5 años o más - Sección 212(a)(2)(B) de la INA.
  • No proporcionó una declaración jurada de apoyo adecuada cuando se le solicitó; por lo tanto, se le negó el asilo por carga pública - INA sección 212(a)(4).
  • Anteriormente permaneció más tiempo del autorizado en los Estados Unidos - Sección 212(a)(9)(B)(i) de la INA.

Para algunas se puede volver a solicitar la visa o para presentar de nuevo la solicitud.

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