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El proceso electoral más grande de la historia de México está por ocurrir, ya que el domingo 2 de junio de 2024 se realizarán las elecciones federales y locales en los 32 estados del territorio nacional, pero, ¿es día de descanso obligatorio?
Los ciudadanos que quieran ejercer su derecho al voto, podrán ubicar su casilla electoral y participar en las votaciones presidenciales, donde también se seleccionarán más de 19 mil cargos políticos alrededor de la República Mexicana.
¿El 2 de junio de 2024 es día de descanso obligatorio?
La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que el domingo 2 de junio de 2024 es un día reconocido como “de descanso obligatorio” para todos los trabajadores mexicanos, según lo indica la fracción IX del artículo 74 del estatuto.
A diferencia de otros días estipulados en la ley, es una fecha que no forma parte de los asuetos de cada año, debido a que es determinado según las leyes federales y locales en caso de elecciones ordinarias.
¿Cuánto me deben pagar si trabajo el 2 de junio?
Las personas asalariadas que deban cumplir con su jornada de trabajo durante el 2 de junio, deberán recibir un pago doble por el día laborado, en adición a su sueldo habitual, según lo indica el artículo 73 de la LFT.
“Los trabajadores no están obligados a prestar servicios en sus días de descanso. Si se quebranta esta disposición, el patrón pagará al trabajador, independientemente del salario que le corresponda por el descanso, un salario doble por el servicio prestado”, indica.
Además, los empleadores deberán otorgar una prima adicional del 25% sobre el día laborado, a los trabajadores que asistan en domingo.
¿Cómo puedo votar si trabajo el 2 de junio?
De acuerdo con la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex), los trabajadores que no puedan prescindir de ofrecer sus servicios, podrán salir a ejercer su derecho al voto por una jornada de 2 a 3 horas durante el día de las elecciones.
“Los trabajadores podrán tomarse el tiempo para ir a ejercer su voto y, posteriormente, podrán dirigirse a sus lugares de trabajo siempre y cuando no formen parte del proceso electoral (funcionarios de casilla)”, señalaron.
Además, invitaron a los empleadores a permitir que las personas que cumplan una jornada laboral el 2 dos de junio, puedan participar en las elecciones conforme lo indica la ley, sin interferir en el voto libre y secreto.
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