¿Eres de los que ya está pensando en las próximas vacaciones, lo que hará y a dónde viajará? Si es así, checa cuándo será Semana Santa 2025 y toma unos merecidos días de descanso. Revisa cuáles son las fechas de suspensión de clases de acuerdo con la Secretaría de Educación Pública (SEP) y, si tienes hijos, ve qué días son los que no irán a la escuela. ¡Toma nota!
Apenas inició el año y la mayoría de las personas ya están pensando en las próximas vacaciones; luego del periodo de descanso por las fiestas de Navidad y Año Nuevo, muchos esperan con ansías los siguientes días feriados que les permitan suspender sus actividades diarias y labores para irse de viaje o simplemente, para quedarse en casa.
La Semana Santa es una celebración religiosa que conmemora los últimos días de la vida de Jesús, su pasión, muerte y resurrección. Los principales días son el Domingo de Ramos, el Jueves Santo, el Viernes Santo, el Sábado de Gloria y el Domingo de Resurrección.
Por la Semana Santa, en algunos trabajos y planteles educativos se otorgan días de descanso; en el caso de la SEP se tiene establecido un periodo de vacaciones durante esos días, por lo que los niños y jóvenes no acuden a clases. ¿Este 2025 qué días cae dicha celebración?
De acuerdo con el calendario escolar 2024-2025 de la SEP, las vacaciones de Semana Santa son del 14 al 25 de abril. El último día de clases sería el viernes 11 de abril, mientras que el regreso a las aulas se tiene previsto para el lunes 28 de abril. ¡Anota estas fechas en tu calendario!
Este 2025, el Jueves Santo será el 17 de abril, mientras que el Viernes Santo se celebrará el 18 de abril.
Si tienes alguna duda sobre las vacaciones de Semana Santa, te recomendamos consultar el calendario de la SEP en el siguiente enlace. Podrás notar que justo después de que regresan de este periodo de descanso se celebra el Día del Niño y el Día del Trabajo, ésta última fecha importante cae en jueves y se suspenden labores docentes, por lo que los niños no acuden a clases.
De acuerdo con lo estipulado por la ley, en México las personas trabajadoras que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un periodo anual de vacaciones pagadas, que "en ningún caso podrá ser inferior a doce días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a veinte, por cada año subsecuente de servicios”, señala el Artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).
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