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Cuando un ciudadano estadounidense o un residente permanente legal fallece fuera de los Estados Unidos, es crucial seguir ciertos pasos para la repatriación de los restos. Aquí te presentamos una guía basada en los requerimientos de los Centros para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC).
Paso 1: Notificación a los funcionarios consulares
El primer paso es notificar a los funcionarios consulares de Estados Unidos en el Departamento de Estado. El personal consular está disponible las 24 horas del día, los 7 días de la semana, para asistir en emergencias, incluida la muerte de un ciudadano estadounidense en el extranjero.
Si el pariente más cercano o el representante legal se encuentra en un país diferente al de la persona fallecida, puede llamar a la Oficina de Servicios para Ciudadanos en el Extranjero del Departamento de Estado en Washington, DC, al 888-407-4747 (gratis) o al 202-501-4444 durante el horario laboral. “Para emergencias fuera del horario laboral, llame al 202-647-4000 y solicite hablar con el oficial de turno”, anotan.
Paso 2: Coordinación con funcionarios consulares
Coordínate con los funcionarios consulares para obtener los siguientes documentos y permisos necesarios:
- Requisitos de autorización de exportación del país donde ocurrió la muerte (como certificado de defunción, informe de autopsia).
- Documentos de importación de Estados Unidos (como certificado de defunción, certificado mortuorio consular, declaración jurada del director de funeraria extranjero y permiso de tránsito, permiso de importación de los CDC en caso de una enfermedad infecciosa).
- Embalaje adecuado (como urna para restos cremados, ataúd, caja de traslado de cadáveres).
- Asistencia con el transporte (como transporte local y aerolíneas internacionales).
Paso 3: Requisitos para la importación a Estados Unidos
Para la importación de restos humanos a Estados Unidos se requiere un certificado de defunción que indique la causa de la muerte, excepto para restos cremados o embalsamados. Si el certificado no está en inglés, debe incluir una traducción certificada. En ausencia de un certificado de defunción, se deben presentar otros documentos como el Certificado de la Funeraria Consular y la Declaración Jurada del Director de Funeraria Extranjera.
Contenedores a prueba de fugas
Todos los restos no incinerados deben estar en un contenedor a prueba de fugas, embalado y enviado según los requisitos legales aplicables. Este requisito no se aplica a restos incinerados, huesos limpios y secos, cabello humano, dientes, uñas de las manos o de los pies. Este protocolo es para prevenir la exposición a sangre y otros fluidos corporales que podrían contener microbios causantes de enfermedades.
Paso 4: Vuelos a Estados Unidos
Si viaja en un vuelo de conexión o nacional dentro de los Estados Unidos con restos cremados, los restos deben transportarse en un contenedor temporal que pueda pasar por máquinas de rayos X de TSA. Este debe ser un recipiente construido de madera, plástico, cartón o cualquier cerámica sin plomo.
Para un envío, algunas aerolíneas requieren cierta documentación, como el certificado de defunción y el permiso de cremación.
Paso 5: Ingreso a Estados Unidos
Los Oficiales de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) examinarán el certificado de defunción para determinar la causa de la muerte y asegurarse de que los restos se envíen de acuerdo con los requisitos de CDC.
“CBP sostendrá el ataúd y se comunicará con la estación de cuarentena correspondiente para obtener instrucciones”.
Señalan que los cadáveres, junto con sus ataúdes y las flores que los acompañan, están exentos de deber. No se requiere entrada formal. El oficial de CBP hará una determinación de admisibilidad de cualquier flor adjunta en el sitio.
Si tienes más dudas puedes llamar a los CDC al 770-488-7100 o enviar un correo electrónico a cdcimports@cdc.gov.
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