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El Diario Oficial de la Nación publicó en su página oficial de internet que se han hecho modificaciones al trámite de pasaporte entre ellas el que los solicitantes accedan a ser fotografiados por las cámaras de la Secretaría de Relaciones Exteriores.

Estos son los cambios más isgnificativos hechos al Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje:

  1. Existen tres clases de pasaportes: ordinario, oficial y diplomático;
  2. La Secretaría procurará brindar información a la Persona Menor de Edad respecto de los procedimientos y trámites en los que participe conforme a este Reglamento, a través de los medios que dicha dependencia determine, en términos de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y demás disposiciones jurídicas aplicables.
  3. Los Pasaportes se expedirán en el territorio nacional por las delegaciones y subdelegaciones de la Secretaría y en el extranjero a través de las Oficinas Consulares. Los Documentos de Identidad y Viaje se expedirán en las oficinas centrales de la Secretaría, así como en las delegaciones y subdelegaciones de dicha dependencia ubicadas fuera de la Ciudad de México.
  4. Los documentos de procedencia extranjera que se presenten dentro de los procedimientos y trámites previstos en el presente Reglamento, deberán estar debidamente legalizados por el representante consular mexicano del lugar de su expedición o, en su caso, apostillados por la autoridad competente. Asimismo, si los documentos de procedencia extranjera se encuentran redactados en un idioma distinto al español deberán presentar su traducción por perito traductor autorizado por el Poder Judicial de cualquier entidad federativa o de la Federación.
  5. Los actos de registro civil de mexicanos en el extranjero, deberán insertarse en la oficina del registro civil de su domicilio en territorio nacional, en términos de lo dispuesto en la legislación civil local correspondiente.
  6. Permitir ser fotografiado con los dispositivos de la Secretaría. La fotografía deberá tomarse de frente, a color, con el fondo blanco, la cabeza descubierta y sin prendas u objetos que cubran parcial o totalmente el rostro, incluidos lentes.

Estos ajustes entrarán en vigor a partir del 1 de julio de 2018, o antes, siempre y cuando la Secretaría de Relaciones Exteriores, mediante disposición general que al efecto emita, lo haga del conocimiento a los solicitantes.

Puedes revisar los cambios al proceso del trámite de pasaporte en la donde están detallados a profundidad.

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