El fin de año llegó y los trabajadores ya están pensando en cómo gastarán el aguinaldo, pero ¿cuándo se debe otorgar y cómo se calcula?
Este bono nació como un regalo que los patrones otorgaban voluntariamente a sus empleados por las fiestas navideñas. Sin embargo, ahora se trata de una prestación obligatoria.
El aguinaldo es un derecho, según lo estipula el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo. Lo deben recibir trabajadores “de base, de confianza, de planta, sindicalizados, contratados por obra o tiempo determinado y eventuales”, precisa la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
Los únicos que no tienen este derecho son los trabajadores contratados por honorarios, a menos que exista una subordinación laboral a través de la prestación de servicios permanentes a un sólo patrón y que cubran un horario de ocho horas de trabajo, que reciban instrucciones de un superior inmediato o tengan un lugar fijo de trabajo dentro de la compañía.
Esta prestación debe pagarse en efectivo, así que se prohíbe pagarlo con vales, mercancía u otra forma que busque sustituir la moneda.
Recuerda que también sobre el aguinaldo se cobran impuestos, a menos que el monto sea inferior al equivalente a 30 días de salario mínimo.
Esta prestación se debe otorgar de forma anual, aunque los trabajadores que no laboraron el año completo sólo pueden recibir una parte proporcional.
El aguinaldo se debe otorgar de forma completa antes del 20 de diciembre, según la Ley Federal de Trabajo.
La ley marca que los trabajadores al menos deben recibir el equivalente a 15 días de trabajo. No obstante, hay algunas compañías que otorgan el equivalente a 20 días o más.
Quienes llevan menos de un año en la compañía tienen derecho a la parte proporcional al tiempo trabajado. Por ejemplo, quienes llevan seis meses laborando deben recibir el equivalente a 7.5 días de trabajo.
Si el salario es variable, se toma como base el ingreso promedio diario que obtuvo el empleado en los últimos 30 días que laboró.
En el caso de los Trabajadores al Servicio del Estado, el aguinaldo que se otorga es de al menos 40 días de salario mínimo. Los empleados del gobierno federal deben recibir el 50 por ciento de esta prestación antes del 15 de diciembre y el resto antes del 15 de enero al año siguiente.
En este cálculo no importa si un empleado se ausentó por un accidente de trabajo o por una incapacidad por maternidad.
“Los trabajadores que renuncien antes del 20 de diciembre, tienen derecho a que se les cubra la parte proporcional de aguinaldo por el tiempo que laboraron”, indica el Gobierno de México.
Si no te depositaron el aguinaldo antes del 20 de diciembre o no te lo pagaron completo, puedes denunciar a tu empresa ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).
La Profedet interpone una demanda ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje por el caso. Puedes solicitar orientación a la Procuraduría a los teléfonos 01 800 71 72 942 y 01 800 91 17 877, o directamente en las oficinas que tiene en el país.
Los patrones que no paguen el aguinaldo, o que lo hagan de forma incompleta o tardía, podrían ser sancionados con una multa que va de los 18 mil 260 a los 365 mil 200 pesos.
Los trabajadores tienen un año para reclamar el pago de su aguinaldo ante las autoridades correspondientes.